El hecho de que los residentes en una urbanización paguen todos los impuestos y tasas a los que están obligados no supone que deban quedar exentos de las multas impuestas por el ayuntamiento por obrar sin licencia, según dicta una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ).

El fallo rechaza así el recurso presentado por el vecino de una pedanía murciana al que el consistorio impuso una multa de 77.000 euros por una obra ilegal. El afectado apeló que «el ayuntamiento consentía y promovía la urbanización de la zona y recaudaba todo tipo de impuestos y tasas a los residentes».

La sala de lo Contencioso del TSJ afirma que «la sanción fue impuesta por carecer de licencia, por lo que no cabe alegar supuestas indicaciones y actuaciones del ayuntamiento en el sentido de que primero se construya y luego se legalice». Y añade que «abonar el Impuesto de Construcciones y Obras (ICIO) y la sanción es el resultado de la aplicación de las normas correspondiente y no de negociaciones con la Administración, cuya obligación es sancionar las irregularidades que compruebe a través del correspondiente expediente».