La Audiencia Provincial de Murcia confirmó la sentencia del Juzgado de lo Mercantil que condenó a las empresas Acciona y Enrique Ortiz e Hijos Contratista de Obras a indemnizar a otra compañía con 5.000 euros por haber utilizado un diseño de esta al poner en marcha el tranvía de la ciudad a través de una unión temporal (UTE).

La sentencia desestima así los recursos que todas las partes intervinientes en este pleito formularon contra la resolución del Juzgado, que declaró que las sociedades demandadas habían vulnerado la propiedad intelectual de la demandante, Carlos Sendín y Asociados.

El fallo del Juzgado añadía que esa vulneración se había producido «al utilizar el diseño gráfico del metro ligero de su autoría», por lo que acordaba, además, «prohibir la reanudación de la explotación ilícita de la obra de la parte demandante sin su preceptiva autorización».

En su recurso, la demandante reiteró su solicitud de indemnización, que se elevaba a 20.000 euros, mientras que las demandadas aseguraron que aquella carecía de legitimidad para plantear el pleito.

En concreto, señalaron que el diseño del tranvía ya no le pertenecía porque, según su criterio, lo había cedido a la Comunidad Autónoma de Madrid.

De esta forma, la Audiencia Provincial de Murcia desestima ahora todos los recursos y ratifica la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil.