El macrovertedero que el Consorcio Provincial de Residuos de la Zona XVII de la Comunidad Valenciana proyecta construir en la Vega Baja del Segura no se ubicará finalmente en las inmediaciones de la pedanía murciana de Zeneta y del municipio de Beniel.

El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Alicante ha dado carpetazo al asunto, según se detalla en la sentencia dictada por parte del magistrado titular de dicho juzgado, Lucas Osvaldo Giserman Liponetsky, y cullo fallo ya ha sido comunicado a las partes afectadas.

El acto administrativo es declarado «nulo» por «no ser conforme a derecho» y, por lo tanto, «se deja sin efecto», según se puede leer en la sentencia.

Así pues, se anula el acuerdo de la junta de gobierno del Consorcio Provincial de Residuos de la Zona XVII de la Comunidad Valenciana, que proyectaba la ejecución de su plan zonal con un vertedero que tendría capacidad para tratar entre 300.000 y 400.000 toneladas de basura al año procedente de los 27 municipios que forman la Vega Baja alicantina. Dicha planta de residuos se había proyectado en Torremendo, pedanía de Orihuela cercana a Zeneta y Beniel.

La presión vecinal ejercida por la Plataforma Medioambiental Lucha Contra el Vertedero en Zeneta y por los ayuntamientos de Murcia y Beniel ha hecho que el proceso se paralizase y que se resolviera judicialmente con un veredicto que les ha sido favorable.

De hecho, se han registrado dos sentencias que dieron la razón a quienes rechazaban la existencia del vertedero en la finca La Ermita-La Pistola, que no fue en principio el lugar planteado para su instalación.

Desde la mencionada plataforma se propuso que la localidad de Albatera albergase la planta de residuos por ser «la opción mejor valorada» por parte de los técnicos del Consorcio de la Zona XVII. En contra de la construcción de esta infraestructura en la finca La Ermita-La Pistola se aportaban cuestiones medioambientales como que el suelo en este lugar es más permeable y eso daría lugar a un mayor grado de contaminación y que existe una rambla próxima que, en caso de riada, arrastraría los residuos hasta núcleos de población cercanos, además de los problemas relacionados con los malos olores que una planta de este tipo causaría a los vecinos de Zeneta y Beniel.

Esta nueva sentencia no admite recurso por parte de ninguna de las partes, pues se trata de una sentencia firme y zanja el asunto.