MANUEL MADRID
La muerte de siete vecinos en el desplome de un edificio en Palma de Mallorca esta misma semana ha encendido las alarmas por el estado de conservación de ciertos edificios en las ciudades. En Murcia, hace también unas semanas, los vecinos de la avenida Primo de Rivera alertaron del desprendimiento de parte de la cúpula central de la antigua Prisión Provincial. A punto de desmoronarse están muchas construcciones en el municipio. De hecho, la Gerencia de Urbanismo ha abierto de enero hasta octubre 69 nuevos expedientes de ruina: 60 considerados de ruina inminente y peligrosa, 7 más iniciados de oficio por la Gerencia y 2 por solicitudes de dueños. Pueden parecer pocos pero, según indicaron fuentes municipales, se trataría de casos nuevos puesto que expedientes abiertos años atrás aún no se han cerrado.
¿Quién debe alertar de una situación de ruina? En la mayoría de los casos los técnicos de la Gerencia de Urbanismo actúan a instancia de parte, es decir, sólo cuando reciben una denuncia, ya sea de un vecino, de un propietario, del sereno, del juez o la policía. En ese caso los servicios de inspección se presentan en el inmueble para conocer su estado, realizan un informe y trasladan a la propiedad las conclusiones. En algunos casos puede incluso imponer una multa por mala conservación y obligar, por ejemplo, a vallar un solar, limpiarlo o mantenerlo en condiciones salubres. Si se da la circunstancia de que no responden a las órdenes remitidas, el Ayuntamiento puede realizar dichas labores, aunque la factura acabaría pagandola el propietario del inmueble en cuestión.
Muchos de los edificios que acaban declarándose en ruina -ya sea económica, técnica o urbanística- tienen algún grado de protección. Por ejemplo, en Murcia se derribó el antiguo palacio que albergó la sede del Gobierno Militar en la calle Alejandro Séiquer. En esa misma calle, junto a la plaza de Ceballos, también intentaron declarar en ruina la antigua sede de Correos, aunque finalmente no fue decretada por Urbanismo al constatarse la buena salud del inmueble -ahora construirán un hotel y un parking, aunque conservando la fachada-.
Desde mayo de 2000, las nuevas construcciones cuentan con un Libro del Edificio, que debe entregar el promotor a la comunidad de vecinos. Este documento contiene la historia del inmueble y ahí quedan registradas todas sus características e incidencias que pueda tener a lo largo de su vida. Es por tanto "un documento útil", según la Ley de Ordenación de la Edificación, para exigir responsabilidades en caso de que el edificio ocasionara problemas derivados de la ejecución de la obra. En la Región es la dirección general de Territorio y Vivienda, dependiente de la consejería de Obras Públicas y Vivienda, la que se encarga de revisar el registro y de vigilar que se cumple la ley.