EFE
La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a una empresa a la que le fue adjudicado el servicio de retirada de coches de la vía pública a pagar el alquiler de los terrenos en los que se proponía dejarlos, para los que no obtuvo la licencia de apertura.
En su sentencia, la Audiencia dictamina que la empresa estaba obligada a pagar a los propietarios del solar, en la pedanía murciana de El Puntal, 9.600 euros en concepto de fianza y de rentas vencidas desde febrero de 2006.
Afirma la Audiencia que la empresa suscribió un contrato de arrendamiento en septiembre de 2005 con los dueños de los terrenos, pero que el ayuntamiento de Murcia le comunicó que no podían ser utilizados para ese fin, por lo que no le otorgó la licencia de actividad necesaria para ello, por lo que n pudo emplearlos.
Tras examinar el contenido del contrato de arrendamiento, el tribunal indica que "la arrendataria había examinado el terreno y conocía su situación urbanística". Y añade que "no se puede atribuir incumplimiento contractual a los arrendadores por el hecho de que no fuera concedida la licencia de apertura", porque "la validez del contrato no se condicionó a la obtención de la licencia".
La sentencia concluye que "la parte arrendataria fue la que incumplió el contrato, al no pagar el importe de las mensualidades".