El Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz deberá pagar 118.300 euros al procurador de los tribunales que lo representó en la demanda planteada por la empresa Golden Sky, promotora del plan parcial de El Roblecillo, que está sometido a investigación en un Juzgado de Instrucción de Murcia. Así se dispone en una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia, que desestima el recurso que el consistorio presentó contra la dictada por el Juzgado al que correspondió el caso.

Dice la sentencia, que el Ayuntamiento pudo comparecer sin procurador, ya que los letrados podían haber asumido su representación, pero que una vez que encargó al demandante esa misión, debe abonarle los honorarios reclamados.

El Juzgado, en la sentencia que ahora queda ratificada por el TSJ, concluyó que «la intervención del procurador de los tribunales debe ser retribuida, porque aun cuando no fuera preceptiva, existió una decisión del órgano competente, que así lo acordó». Los jueces se refieren así a una resolución de la alcaldía de 25 de febrero de 2013 por la que se acordaba la personación en la demanda planteada por la citada empresa y se designaba al procurador demandante para que la representara.

En su recurso, el Consistorio alegó que la factura reclamada era nula de pleno derecho, al no existir un contrato administrativo de prestación de servicios.