El TSJ de la Región ha reconocido el derecho de un inmigrante natural de Bolivia al permiso de residencia y de trabajo porque ya ha cumplido la pena que le fue impuesta como autor de un delito de violencia machista y tiene arraigo en España.

La sentencia desestima el recurso que la Delegación del Gobierno presentó contra la dictada por un Juzgado de lo Contencioso que anuló la resolución administrativa que denegó al afectado la concesión de los permisos que había solicitado.

Para tomar esa decisión, la Delegación del Gobierno tuvo en cuenta que el reclamante, por sentencia firme de un Juzgado de Instrucción de Totana, había sido condenado por el citado delito a la pena de seis meses de trabajo en beneficio de la comunidad y prohibición de aproximarse a la víctima durante un tiempo.

El Juzgado, para dejar sin efecto el acuerdo, tuvo en cuenta que el inmigrante había acreditado que tenía arraigo familiar, laboral y social, ya que tenía un hijo escolarizado en Educación Infantil y disponía de un contrato de trabajo, acreditado con las nóminas correspondientes.