El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región desestimó el recurso que el Ayuntamiento de Lorca presentó contra la multa de 3.000 euros que le impuso la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) por un vertido ilegal que se produjo al no reparar con diligencia una tubería rota por las inundaciones de septiembre de 2012.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJ, a la que tuvo acceso Efe, confirma así la procedencia de la resolución acordada por el órgano de cuenca en septiembre de 2015 por el vertido de aguas residuales a la rambla de Caravaca, en el paraje de La Serrata. En su descargo, el Consistorio alegó que era titular de una autorización de vertido y que el incidente medioambiental fue consecuencia de la rotura de una tubería por las riadas, por lo que no existía culpabilidad o intencionalidad alguna.