El Ayuntamiento de Lorca no estará obligado a devolver los 2,9 millones de euros que recibió por un convenio urbanístico al haberse demostrado que cumplió con los compromisos contenidos en el mismo. Así se recoge en una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que rechaza el recurso que presentó la sociedad 'J.M.', una de las firmantes del acuerdo firmado en 2002.

La Sala ha revocado la sentencia dictada por un Juzgado de lo Contencioso de Murcia que rechazó la demanda que presentó contra el Consistorio al considerar que la misma debía haber sido formulada también por las demás partes implicadas. Sobre ese extremo en concreto, el TSJ da la razón a la empresa apelante, por lo que acuerda la revocación de la sentencia.