El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Tres de Murcia ha desestimado el recurso interpuesto por una sociedad promotora que reclamaba al ayuntamiento de Lorca la devolución de 1,4 millones de euros por la imposibilidad de cumplir los términos de un convenio urbanístico suscrito hace 14 años.

El concejal de Economía y Hacienda, Fulgencio Gil, hizo pública ayer la sentencia y explicado que se trata de un convenio por el que se recalificó en 2002 suelo rústico para convertirlo en suelo residencial para construir una zona de viviendas con equipamientos deportivos en la pedanía lorquina de Purias.

Los términos del convenio fueron denunciados por una parte de los socios de la promotora, que solicitó al juzgado la resolución de ese acuerdo urbanístico revocando la desestimación por silencio administrativo que el pleno del ayuntamiento lorquino ya había realizado en su sesión de mayo de 2014.

La mercantil reclamante, Promociones Sostelor, pedía al consistorio la devolución de 1,4 millones de euros además de los intereses legales correspondientes y la regresión de la calificación urbanística de los terrenos a su estado inicial,

Gil ha precisado que el juzgado ha hecho recaer las costas procesales en la empresa demandante y ha aclarado que este acuerdo recurrido es uno de los 88 convenios de planeamiento incluidos en su día en el Plan General de Ordenación Municipal.