La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha estimado el recurso presentado por el ayuntamiento de Abarán y ha anulado la multa de 3.000 euros que le impuso la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) por el vertido de escombros a una rambla.

La sentencia señala que el hecho de que el ayuntamiento sea titular de la competencia de recogida de residuos urbanos no permite considerarlo responsable de los vertidos que puedan realizar terceras personas, a no ser que los hechos sean cometidos por él mismo o que haya incumplido su obligación de evitarlos.