La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha aceptado la medida cautelar solicitada por una empresa constructora y ha dejado en suspenso la multa urbanística, por importe de 248.000 euros, que le fue impuesta por el ayuntamiento de San Javier.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima así el recurso presentado por la empresa "H., S.L.", pero a condición de que presente un aval en el consistorio por el importe de la sanción.

La resolución del TSJ revoca un auto del Juzgado de lo Contencioso número Uno de Cartagena, que denegó la suspensión reclamada al considerar que no se había acreditado por la demandante que la ejecución del pago de la multa le supondría perjuicios irreparables o de difícil reparación.

Y añadía que en el caso de que los tribunales, finalmente, acordaran la devolución de la multa si consideraban que no estaba ajustada a Derecho, con el reintegro de la misma la cuestión quedaría resuelta.

Al revocar la resolución del Juzgado, la Sala dice que este "no tuvo en cuenta que nos encontramos ante una resolución de carácter sancionador y que, por tanto, resulta de aplicación el principio de presunción de inocencia".

Y añade que "lo anterior, unido al elevado importe de la multa, determina, para la plena efectividad del derecho a la tutela judicial efectiva, la procedencia de la medida cautelar solicitada".

Finalmente, señala que no consta que el mero retraso en el ingreso del importe de la deuda pueda suponer "una perturbación de los intereses generales o de un tercero".