La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por Bankia contra la sentencia de un Juzgado de Instrucción de San Javier que absolvió a un hombre acusado de usurpación porque pudo desconocer que la vivienda que había ocupado era propiedad de dicha entidad bancaria.

El Juzgado declaró probado que el acusado fue convocado por la Guardia Civil en la casa, ubicada en el municipio murciano de San Pedro del Pinatar y propiedad del banco, al que le había sido adjudicada en 2013.

La sentencia añadía que "la mercantil no acreditó la existencia de actos indubitados de posesión ni de abono o pago de contribuciones o impuestos a lo largo del tiempo por su reclamada propiedad; tan solo aporta el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales a la Comunidad Autónoma de Murcia".

Indicaba también la resolución judicial que ahora encuentra el respaldo de la Audiencia Provincial que "tampoco ha acreditado la expresa y directa prohibición de permanencia en la finca en contra de su voluntad, de modo que únicamente se exterioriza dicha prohibición en la fecha de la interposición de la denuncia, en septiembre de 2015".

Igualmente señalaba la sentencia que hasta ese momento no se había solicitado ninguna diligencia por el banco, ni en vía civil ni en vía penal, con el fin de recobrar la posesión del inmueble.

El tribunal de la Audiencia dice que la absolución dictada por el Juzgado "está dentro de los parámetros propios del proceso penal, dado que absuelve al tener dudas sobre el real conocimiento por parte del acusado de la propiedad del inmueble por parte de un tercero".