La Audiencia Provincial de Murcia revocó la sentencia de un Juzgado de Instrucción de Yecla que había condenado a una mujer como autora de una falta de coacciones al director de una oficina bancaria de esta última población a la pena de multa de ochenta euros. La sentencia señala que procede su absolución porque los hechos habían prescrito cuando se celebró el juicio contra la denunciada.

En el nuevo relato de hechos que recoge esta segunda sentencia se indica que desde que fueron incoadas las diligencias hasta que se celebró la vista oral y se dictó la sentencia condenatoria pasaron más de seis meses, por lo que la responsabilidad penal de la denunciada había prescrito. La sentencia no detalla las circunstancias que rodearon las coacciones por las que fue juzgada la mujer que ahora queda absuelta.