Damnificados por los terremotos de Lorca que quedaron excluidos del régimen de ayudas públicas arbitrado para la reconstrucción podrán solicitar subvenciones autonómicas que suman 1,6 millones de euros y que permitirán la reedificación de 136 viviendas que fueron derribadas.

El consejero de Fomento, Pedro Rivera, ha informado de que el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) publicó ayer la orden que entra en vigor hoy y que permitirá la solicitud de subvenciones de hasta 30.000 euros por vivienda.

Se trata de la segunda convocatoria autonómica de ayudas para la reconstrucción y en este caso permitirá la reedificación de viviendas que han sido o deben ser demolidas, como consecuencia de los daños sufridos tras los terremotos de 2011, y que no han podido acceder hasta ahora a ayudas para su edificación.

El consejero ha resaltado durante una visita a Lorca que estas ayudas «son una nueva oportunidad para los lorquinos que no pudieron recibir las ayudas extraordinarias por los terremotos al no cumplir los requisitos o por no obtener las indemnizaciones suficientes del Consorcio de Compensación de Seguros para pagar los costes de reconstrucción de sus casas».

Entre los aspectos novedosos de la convocatoria destaca que se han incluido como beneficiarias edificaciones que fueron declaradas en ruina por daños del terremoto después de la firma del primer acuerdo de subvenciones públicas.

Rivera ha declarado que serán subvencionables las obras de reconstrucción nuevas o en curso y que las ayudas podrán alcanzar los 30.000 euros por cada vivienda construida en sustitución de otra previamente demolida.

Se adelantará el 80 por ciento de la subvención previa presentación de la licencia municipal y el certificado de inicio de obra, y el 20 por ciento restante se abonará una vez aportado el certificado final de obra firmado y previa justificación de la subvención.

Los beneficiarios de las ayudas podrán ejecutar las actuaciones hasta el 31 de mayo de 2017 y justificarlas en el plazo de un mes desde su finalización y siempre antes del 30 de junio del próximo año. Los ciudadanos deberán de presentar la solicitud antes del 20 de octubre y como novedad a partir de este domingo las solicitudes se pueden presentar en el registro electrónico único de la Comunidad, utilizando el formulario de solicitud electrónica genérica, que está accesible en la sede electrónica (sede.carm.es).