La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso presentado por la empresa C.C., S.A.U. contra la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de Lorca que, en noviembre pasado, declaró que el inquilino al que había demandado no estaba obligado a pagarle el alquiler del piso del que había sido desalojado por un tercero.

La sentencia señala que el Juzgado declaró resuelto el contrato de arrendamiento, sin que hubiera lugar a ordenar el desalojo del inquilino «al constar que este no tiene posesión del inmueble». El juez absuelve así al demandado del pago de las rentas reclamadas.