La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha anulado la multa de 2.000 euros que la Confederación Hidrográfico del Segura (CHS) impuso al matrimonio propietario de una vivienda construida en terrenos de una rambla porque la adquirieron ya edificada.

La sentencia estima el recurso de los apelantes y revoca la resolución del órgano de cuenca, que les impuso no solo el pago de la multa, sino, también, la devolución de los terrenos afectados a su estado anterior a la construcción de la casa. Para la CHS, los demandantes habían cometido una infracción de la Ley de Aguas, ya que la construcción invadía la zona de policía de una rambla de Lorca.

Al estimar el recurso, la Sala dice que los sancionados alegaron que compraron la parcela en cuestión con la casa ya levantada, por lo que no incurrieron en infracción legal alguna. El tribunal indica que ese mismo criterio es asumido por la Sala, y añade que la CHS lo respetó en otros casos similares denunciados, por lo que no se entiende que en este haya mantenido una postura contraria a lo sostenido en aquellos otros.

El TSJ, al estimar el recurso, condena al órgano de cuenca al pago de las costas generadas por el mismo, y añade que contra la sentencia no cabe recurso ordinario alguno.