La Audiencia Provincial ha absuelto a un hombre que fue acusado de abusar de forma continuada de una menor de 13 años con la que posteriormente pasó a convivir como pareja y con la que ha tenido un hijo. La sentencia señala que no han quedado demostrados los hechos por los que el fiscal solicitó una condena de diez años de prisión para el acusado, Y.R.

A la terminación del juicio, celebrado hace varias semanas, el procesado y la joven, que no ha cumplido aún los 18 años, salieron de la sala de vistas cogidos de la mano, mientras que la madre de ella repetía a los periodistas: «El amor puede con todo».

El tribunal, que tiene como ponente al magistrado José Luis García, señala que los hechos fueron denunciados por la madre, A.P., quien, junto con la hija, mantuvo la acusación particular hasta el mismo día del juicio, en que se apartaron del caso. Hasta entonces, habían solicitado para el acusado -natural de un país norteafricano- la misma pena de cárcel reclamada por el fiscal, por un delito de abuso sexual.

El relato de hechos probados establece que la madre de la menor acudió en diciembre de 2011 al cuartel de la Guardia Civil de Torre Pacheco para «mostrar sus sospechas de que el acusado la había agredido y mantenido relaciones sexuales con la menor, con acceso por vía vaginal». A consecuencia de esas relaciones, la chica quedó embarazada y sufrió posteriormente un aborto.

La sentencia recoge así mismo que «en la actualidad, la menor convive como pareja de hecho con el procesado, habiendo tenido un hijo en común, nacido hace ahora casi un año». El relato concluye que «no ha quedado acreditado que el acusado agrediera a su pareja sentimental ni que fuera el autor de los hechos denunciados».

Para acordar la absolución, el tribunal tiene en cuenta que Y.R. se acogió a su derecho a no declarar cuando iba a ser interrogado en el juicio, y que la chica solo dijo que había tenido un hijo con aquél y que no quería declarar en su contra. Por su parte, la madre, que denunció los hechos en su día, no mantuvo la literalidad de lo manifestado en aquel momento, mientras que otro hijo, que fue llamado también como testigo, aseguró que no recordaba lo que manifestó en el Juzgado que instruyó el caso, «negando lo afirmado entonces, al no poder recordar si lo dijo o no».

«En resumen -concluye la Audiencia Provincial-, no existe prueba adecuada para concretar una condena, por lo que la Sala decide la absolución del procesado».