El Tribunal Superior de Justicia ha estimado el recurso presentado por una empresa y ha dicho que unas modificaciones urbanísticas acordadas por el ayuntamiento de Los Alcázares, que legalizaban un hotel y una gasolinera, quedaron aprobadas por silencio administrativo, algo a lo que se oponía la administración regional.

La administración negó la existencia de ese silencio administrativo, y añadía que lo que se pretendió fue legalizar lo hecho contra las normas subsidiarias, lamentando, por otra parte, que el Ayuntamiento no hubiera ejercido las potestades sancionadoras en materia de infracción urbanística.

Además, el Gobierno regional expuso que se habían concedido licencias en zonas de servicios, cuando no tenía tal calificación, «autorizándose la construcción de un hotel y una gasolinera en zona verde y de dominio público viario»