La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una vecina de La Unión contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal de Cartagena que absolvió al que había sido su pareja de hecho durante cinco años, al que acusó de acosarla y de sitiar su casa.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el Juzgado, en la resolución dictada hace ahora poco más de un año, absolvió a la acusado de los delitos de malos tratos, coacciones y amenazas en el ámbito de violencia de género por los que fue sometido a juicio al considerar que los hechos no habían quedado probados.

La sentencia recogía también que la denuncia fue presentada por la ahora apelante en junio de 2014, y en la misma señalaba que desde que había producido la separación que ella misma decidió por ser víctima de violencia psicológica, el acusado la molestaba.

Así, exponía que el denunciado se personaba en la casa de los padres de ella, donde residía, y golpeaba la puerta, además de proferir contra ella frases amenazantes.

Señalaba también que, en ocasiones, se quedaba a dormir en la puerta de la casa, además de exigirle dinero y de reprocharle su relación con otro hombre.

La Audiencia, que tiene como ponente en este caso al magistrado José Luis García, recuerda la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, según la cual no es posible revocar una sentencia absolutoria si la misma no resulta arbitraria, ilógica o irracional, lo que no ocurre en este caso.