El Ministerio de Defensa deberá abonar a un soldado que se lesionó en una misión de tropas españolas en Afganistán la pensión que la ley establezca, según una sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ).

La sentencia, estima así el recurso que este militar del Ejército de Tierra presentó contra una resolución de la Subsecretaría de Defensa de octubre de 2013 que lo declaró no apto para el servicio por las hernias discales que padece.

Para el ministerio, esa lesión era previa a su ingreso en el Ejército, pero ahora, la Sala del TSJ ha determinado lo contrario, al señalar que se ha probado que se le produjo durante su estancia en Afganistán en los meses de septiembre y noviembre de 2004 y, en concreto, por una sobrecarga de peso durante unas maniobras militares.

El Ministerio no ha demostrado que el demandante ya las padeciera cuando se incorporó al Ejército de Tierra.

La sentencia concluye: "declaramos que la lesión que ha dado lugar a la declaración de no apto del demandante fue adquirida con posterioridad a su ingreso en las Fuerzas Armada y como consecuencia del servicio, por lo que declaramos su derecho a percibir la pensión que con arreglo a la legislación vigente le corresponde".

Y añade que Defensa deberá abonarle las cantidades que le corresponden desde octubre de 2013, fecha de la resolución que ahora queda anulada, junto con los intereses legales, además de afrontar el pago de las costas generadas por el proceso judicial.