Los hijos de un hombre que murió seis meses después de concederle un préstamo de 79.300 euros a su nueva pareja no podrán recuperar esa cantidad, al considerar la Audiencia Provincial de Murcia que las cláusulas recogidas en la escritura en la que se formalizó el préstamo fueron válidas. La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, confirma así la dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Molina de Segura que, hace ahora un año, absolvió a la mujer.