La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso presentado por el fiscal contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal de Lorca que absolvió a un vecino acusado de ser el autor de los daños causados en el vehículo de su exmujer. En su apelación, el ministerio público alegó que el juez de lo Penal había incurrido en error a la hora de valorar las pruebas aportadas, por lo que reiteró su solicitud de que se condenara al acusado por un delito de daños.

La sala, al desestimar el recurso, dice que, de acuerdo con la jurisprudencia, no es posible revocar una sentencia absolutoria si la misma no es ilógica, absurda o irracional. El Juzgado de Lorca, en la sentencia que ahora se confirma, acordó la absolución del acusado al declarar que no se había probado que fuese el autor de los desperfectos causados en el vehículo de su exmujer en 2013 y que fueron tasados en 813 euros.