Un hombre que llegó tarde al juicio que él mismo había promovido por una falta de quebrantamiento de los deberes de custodia alegó al recurrir la absolución del acusado que si llegó tarde a la vista oral fue porque se confió debido a que las vistas en los Juzgados comienzan siempre con retraso.

La Audiencia Provincial, que ha desestimado el recurso en el que solicitó la repetición del juicio, señala que el Juzgado de Instrucción de San Javier al que correspondió el asunto acordó la absolución del acusado al no personarse el apelante y mantener su denuncia.

En su recurso, este último expuso que llegó cinco minutos tarde, cuando la vista ya se había celebrado, y alegó que como esa mañana aún quedaban otros juicios, el suyo podía haberse aplazado. Así mismo aportó dos partes médicos para tratar de acreditar que también había tenido que acudir al médico, lo que también contribuyó a la demora con que llegó al Juzgado. Al rechazar la apelación, la sala dice que el apelante no ha acreditado suficientemente las causas por las que no compareció al juicio en la hora prevista. Y añade que no basta con aportar dos volantes de haber acudido a un centro médico, «que ni acreditan la enfermedad ni que esta le impidiese estar a la hora señalada en el acto del juicio».