La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha desestimado el recurso que el ayuntamiento de Caravaca de la Cruz presentó contra la resolución de la consejería de Cultura que no admitió el recurso formulado contra la orden que le exigió la devolución de parte de la subvención recibida en 2009 (cuando gobernaba el anterior equipo del PP) para obras de mejora en el teatro Thuillier.

La sentencia indica que la administración regional le reclamó la devolución de 21.550 euros de la cantidad recibida para el equipamiento del escenario del citado teatro, y que con posterioridad acordó no admitir su recurso por presentarlo fuera de plazo.

Para adoptar esa decisión, la Consejería tuvo en cuenta que, en este caso, el Ayuntamiento había concurrido a la convocatoria de concesión de ayudas como un particular más, por lo que el plazo para recurrir era solo de un mes.

Añade la sentencia que cuando el Consistorio planteó el recurso contra la administración regional, ese plazo había sido rebasado, por lo que no podía ser admitido.