La Sección número 5 de la Audiencia Provincial ha absuelto a un individuo acusado de lanzar un vaso a otro a la cara, al considerar que no existen pruebas de cargo suficientes como para demostrar su autoría. Los hechos se remontan a las 4.18 horas de la madrugada del 28 de abril de 2013, cuando dos grupos de personas entre las que se encontraba el acusado entablaron una discusión en una discoteca de San Pedro del Pinatar, según los hechos considerados probados por la sentencia. Durante la discusión, una persona lanzó a otra un vaso de cristal que impactó en su cara, ocasionándole diversas contusiones, heridas perforantes y una catarata traumática que precisó un tratamiento quirúrgico con sutura de las heridas y 87 días de curación.

Además, a la víctima le quedaron secuelas consistentes en déficit de agudeza visual en el ojo afectado, valorada en 23 puntos, y perjuicio estético moderado, consistente en midriasis y pérdida de movilidad ocular que origina estrabismo valorado en ocho puntos.

El acusado negó la autoría y solo la víctima asegura que fue el autor de la agresión; aunque la Sala considera que «existen una serie de elementos que nos hacen suscitar dudas sobre el acierto de tal identificación». La Sala advierte que «no cabe caer en la peligrosa tendencia a sobrevalorar la fiabilidad probatoria de la identificación visual del autor del hecho delictivo por los testigos oculares del mismo y en especial por su víctima».