La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado por no estar razonada la sentencia de un juzgado de lo penal de esta ciudad que condenó a un hombre por lesionar a su expareja.

En la sentencia que ahora se deja sin efecto, el juzgado declaró probado que los hechos ocurrieron el pasado mes de junio de 2013 en una vivienda del municipio de Las Torres de Cotillas, cuando el acusado la agredió tras decirle que no quería seguir con ella.

En aquel momento, la sentencia lo condenó como autor de una falta de lesiones a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de tres euros, así como al pago de 300 euros a la denunciante por las heridas que le causó en la agresión.

Sin elementos concretos

Ahora, esa decisión se ve revocada porque «el magistrado no menciona los concretos elementos que determinaron su convicción probatoria, sin que ni siquiera haya hecho alguna mención genérica», dice la Audiencia.

«En el relato de hechos probados -añade la Audiencia Provincial- se describe que la mujer fue agredida físicamente por su expareja sentimental, sin que en la fundamentación jurídica se aclare de dónde o de qué medios de prueba extrae lo que allí se afirma». La sentencia, contra la que no cabe recurso, concluye con la absolución del acusado.