El comprador de una furgoneta que quedó averiada a los dos meses de su adquisición no recibirá la indemnización de 14.800 euros que había reclamado porque, al ser de segunda mano, tiene que asumir el riesgo que ello conlleva.

Así lo dispone una sentencia dictada por la Audiencia Provincial, que confirma otra de un juzgado de San Javier que rechazó la demanda entablada por el comprador contra la empresa vendedora. Dice la Audiencia que «la adquisición de bienes de segunda mano implica la compra de un cuerpo cierto, da tal forma que se adquieren en su estado actual, sin que pueda pretenderse un funcionamiento perfecto como si de una cosa nueva se tratara, de forma que el comprador lo toma a su riesgo y ventura, con la sola esperanza de obtener de él un buen comportamiento».