La Sección número 3 de la Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a un individuo a cuatro años y cinco meses de prisión por haber clavado a su primo una navaja tipo machete en el costado en el transcurso de una discusión en la que reprochaba a la víctima haber consumido toda la cocaína que habían comprado con un dinero previamente ganado en las máquinas tragaperras.

Los hechos se remontan al 18 de mayo de 2014, cuando el acusado se encontraba en compañía de su primo en la pedanía de Los Torraos (Ceutí) en Cabeza Vista Alegre, y ambos entablaron la discusión. En ese momento, el agresor entró en su casa y cogió una navaja tipo machete de entre 20 y 30 centímetros de largo aproximadamente, clavándosela a su primo en el costado izquierdo.

Se da la circunstancia que en el momento de los hechos, el acusado estaba disfrutando de un permiso carcelario y debía reincorporarse a la prisión de Sangonera la Verde al día siguiente. No obstante, no regresó al centro penitenciario, quebrantando la condena impuesta, y fue detenido el 11 de junio de 2014, cuando acudió a las dependencias de la Guardia Civil de forma voluntaria a declarar.

Como consecuencia de la agresión, la víctima sufrió un empiema pleural que comprometía gravemente su vida, tardando 90 días en curar y que hubiera podido fallecer de no recibir asistencia médico quirúrgica, según los hechos considerados por la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

En el momento de la agresión, el acusado había ingerido bebidas alcohólicas que afectaban a sus capacidades que afectaban a sus capacidades volitiva e intelectiva, sin anularlas, según las mismas fuentes, que reflejan que el agresor reconoció los hechos a las autoridades antes del juicio oral.

En este sentido, la Sala ha condenado al individuo a cuatro años y cinco meses de prisión como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa y de un delito de quebrantamiento de condena, concurriendo las atenuantes analógica de confesión y de drogadicción.

Además, ha sido condenado a pagar 720 euros de multa, así como a indemnizar a la víctima con 17.800 euros y al pago de las costas.