La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha anulado la multa por importe de 18.000 euros que la Mancomunidad de los Canales del Taibilla impuso a los propietarios de unos viveros al considerar que no está justificada.

La sentencia indica que la Mancomunidad acordó la imposición de la multa porque, según el expediente que había incoado, los responsables de los viveros, ubicados en el término municipal de San Javier, habían usurpado bienes de dominio público con la instalación de un vallado sin contar con la debida autorización.

La resolución sancionadora imponía igualmente a los apelantes la obligación de reponer los terrenos afectados a su estado primitivo, con la advertencia de que de no hacerlo de manera voluntaria lo haría la Mancomunidad a su cargo.

Al estimar el recurso y anular el acuerdo, la Sala dice que la administración sancionadora «debió demostrar que el vallado ocupaba un terreno de dominio público al haber sido expropiado a los interesados».

Y añade que «este hecho no ha sido debidamente acreditado, y, además, tampoco acredita la fecha en que se llevó a cabo la usurpación, ni su extensión exacta».

El TSJ acuerda también imponer expresamente el pago de las costas causadas por este pleito a la administración demandada.