La compañía aseguradora del hospital Rafael Méndez de Lorca deberá abonar una indemnización de 1,7 millones de euros por la deficiente asistencia médica prestada a una mujer durante el parto, que ha tenido como consecuencia que su hija sufrirá una gran invalidez de por vida.

Así lo dispone una sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Madrid, tras la demanda que en nombre de los padres y de la propia hija presentó el abogado murciano Pedro Alfonso García-Valcárcel. La sentencia señala que fueron varias las actuaciones llevadas a cabo por los profesionales sanitarios del citado hospital contrarias a la ´lex artis´ en torno a este alumbramiento, que se produjo en junio de 2010.

No hicieron la pelvimetría

  • Esas deficientes actuaciones se produjeron, añade el Juzgado, tanto en la asistencia al parto vaginal como en la posterior cesárea urgente, «al no tener en cuenta las doctoras que la asistieron que se trataba de un parto con factores de riesgo, pese a lo cual no realizaron la pelvimetría que se aconsejaba en ese caso».
  • Indica la sentencia que no se advirtió una progresión inadecuada del parto en la etapa de dilatación, se prolongó de manera innecesaria y peligrosa el periodo expulsivo y no existía un registro cardiotocográfico completo e interrumpido que permitiera conocer en todo momento el estado de bienestar del feto. La indemnización supone una de las cifras más altas concedidas por un juez por responsabilidad médica.