La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por un matadero de Valencia que fue sancionado con 30.000 euros tras hallarse una sustancia prohibida en el músculo de aves que los inspectores recogieron para su análisis.

La sentencia señala que en enero de 2008 se tomaron unas muestras por funcionarios de la dirección general de Salud Pública de la Generalitat Valenciana en el matadero 'S.P.A.' en músculo de aves para investigar la existencia de residuos de cloranfenicol, dando los análisis un resultado positivo a esta sustancia prohibida.

La muestra para la realización de un análisis contradictorio quedó en poder del matadero, que la remitió al laboratorio de la Agencia de Salud de Barcelona para la práctica de dicho análisis, que confirmó la existencia del citado producto.

Los resultados de las pruebas analíticas fueron remitidos por la Consejería de Sanidad valenciana a la de la Comunidad Autónoma de Murcia al proceder las muestras tomadas en el matadero de una explotación ubicada en Lorca.

El expediente que fue incoado por la administración regional de Murcia concluyó con el acuerdo del Consejo de Gobierno de mayo de 2009, que impuso una sanción de 30.000 euros al matadero valenciano, resolución que fue apelada ante el TSJ. En el recurso, que no ha prosperado, la empresa alegó, entre otras consideraciones, la caducidad del expediente, la violación de la presunción de inocencia y la inexistencia de la infracción, al considerar que se había dado "una lamentable contaminación cruzada" en la toma de muestras.