La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de San Javier que desestimó la demanda presentada por un hombre que reclamó doce mil euros por las lesiones sufridas al tropezar en un escalón de la pista de baile de un local de ocio.

La sentencia señala que el demandante no ha demostrado, como era su obligación, que la culpa del accidente que sufrió fuese responsabilidad del propietario del local.

Añade la Audiencia que el apelante debía conocer la existencia del escalón, al encontrarse en la sala desde tiempo atrás.