La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha respaldado la sanción de 2.000 euros que la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) impuso a una empresa de áridos de Totana por extraer agua de un canal del trasvase Tajo-Segura sin autorización.

La sentencia desestima el recurso que la sociedad limitada A.T. planteó contra la resolución de la CHS de marzo de 2011 que acordó imponerle esa multa por la extracción de agua de un canal a su paso por Lorca.

En su recurso, la apelante alegó que los hechos no habían sido probados, ya que el tractorista que extraía el agua para una cuba no es empleado de la sociedad y el vehículo no está identificado, "pues no llevaba matrícula y no se tomó el número de bastidor, sin que sea suficiente que llevase una pegatina de la empresa".

Frente a esa argumentación, la sala dice que el tractorista reconoció al agente fluvial que trabajaba para la CHS.

Y no solo eso, añade, sino que se comprobó que tras cargar el agua se dirigió con el tractor hacia una zona donde se encontraban camiones y maquinaria con el anagrama de la apelante "que precisaban el regado del terreno para reducir la polvareda".

"La conclusión alcanzada por la administración -dice la sentencia- es lógica y compartida por esta sala".