Un supermercado de La Unión deberá abonar una indemnización de 3.800 euros a una clienta que sufrió una caída en la escalera al resbalar en el suelo mojado, según se recoge en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima en parte el recurso presentado por la accidentada contra la resolución dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Cartagena (Murcia), que desestimó su demanda y absolvió a la empresa.

La sala señala que la demandante reclamó una indemnización de 12.000 euros por las heridas que le produjo la caída, pero fija la cantidad que deberá percibir en 3.800 euros al considerar que, aunque leve, incurrió en una falta de diligencia, por lo que existe concurrencia de culpas.

Al respecto, comenta que no adoptó ninguna medida de las puestas a su disposición para evitar cualquier tipo de caída, como el uso de las barandillas o el empleo del ascensor existente en el supermercado.

No obstante, concluye que "fue una falta de diligencia leve, dado que confiaba en el estado de las escaleras, que, por sí solas, no suponen un peligro ni riesgo, pero tal conducta también tuvo una directa influencia en la caída y, por ello, debe ser valorada, por lo que procede fijar una indemnización de 3.800 euros".

Al concretar esa cifra, la sala señala que ha tenido en cuenta igualmente que el total de los días de incapacidad por los que se reclamaron indemnización no fueron justificados por la demandante.