La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por una mujer que reclamó una indemnización de 32.600 euros al ayuntamiento de Molina de Segura por graves lesiones sufridas en una caída cuando limpiaba el panteón familiar.

La sentencia señala que la demandante aseguró en su demanda que el accidente se produjo el 30 de abril de 2011 al caer al suelo cuando pisó un alcorque que, según aquella, no reunía los requisitos establecidos por la normativa en vigor, por lo que constituía un peligro para los peatones.

El Juzgado de lo Contencioso de Murcia que dictó la sentencia ahora ratificada por el TSJ, exculpó al ayuntamiento y atribuyó la caída a un descuido de la propia demandante, ya que la misma se produjo cuando caminaba hacía atrás para comprobar cómo había quedado el panteón tras la limpieza que había llevado a cabo.

Los jueces coinciden en señalar que fue ella misma la que con su comportamiento descuidado provocó el percance, por lo que no ha existido responsabilidad alguna por parte municipal.

Señala también la Sala que «evidentemente, la caída se produjo en un descuido de la recurrente, que no era la primera vez que acudía al cementerio y que llevaba un rato en ese panteón familiar limpiándolo». «No puede manifestar válidamente -concluye la sentencia- que desconocía la existencia del alcorque y del rosal plantado en él, que tuvo que ver, cuanto menos, al llegar».

En su recurso, la apelante negó la distracción que se le atribuía y expuso que había acudido al cementerio a limpiar el panteón ante la proximidad del Día de la Madre, ya que la suya había fallecido unos meses antes.