La Audiencia Provincial ha dado validez a la aprobación de una derrama extraordinaria por la Sociedad Agraria de Transformación (SAT) Cherro de Pliego porque aunque se produjo «un barullo» en la votación, los siete votos de diferencia registrados en el recuento no alteraban el resultado.

La sentencia estima así el recurso que la citada SAT presentó contra la resolución de un Juzgado de Primera Instancia de Mula que, en febrero de 2013, declaró la nulidad del acuerdo. Afirma la Audiencia que tras las votaciones se comprobó que había una diferencia de siete votos entre las papeletas computadas y la anotación de los votantes. Se registraron 146 votos a favor de aprobar la derrama y 115 en contra, por lo que el tribunal dice que aunque los 7 votos hubieran sido negativos, el resultado de la votación no habría cambiado.