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«Bases para la regulación del régimen jurídico de los colegios profesionales y sus Consejos Generales y Superiores», es un trabajo que tiene por objeto identificar y desarrollar las bases (elementos) para la establecer una regulación adecuada del sector de las organizaciones colegiales. De manera muy resumida, las bases pretenden abordar cuatros aspectos principales:

La ley que regule los aspectos generales de las organizaciones colegiales y servicios profesionales ha de ser una ley básica. Una ley de mínimos que ampare y deslinde las competencias de las Comunidades Autónomas. Todo ello sin perjuicio de un desarrollo suficiente que prevea los diferentes aspectos que deben contener los Estatutos Generales, si bien dejando margen de concreción a los mismos.

Se ha de dar protagonismo a los Estatutos Generales como instrumento que recoge la autonomía propia consustancial y peculiar de las corporaciones colegiales. Los estatutos contendrán los aspectos previstos basados en la ley. Los Consejos Generales y Superiores han de contar en su organización colegial con las adecuadas funciones que favorezcan la estructuración y el funcionamiento atendiendo asimismo a las competencias que tienen las Comunidades Autónomas.

Se han de prever cauces específicos de autocontrol en el seno de la organización colegial que sean congruentes con la autorregulación de estas instituciones tanto en el orden de sus normas administrativas internas como en los procesos. Para ello se ha constituido un grupo de trabajo formado por miembros del los diferentes Consejos Generales y Superiores y Colegios Nacionales de Unión Profesional.

Deontología

Pasando a otro aspecto, entre las manifestaciones más características del control y autorregulación por parte de las organizaciones colegiales se encuentra tanto la formación como los códigos deontológicos. Éstos últimos como norma cuya aprobación se atribuye a los Colegios Profesionales como capacidad de autoregulación, son los encargados de recoger las bases del comportamiento de una profesión y de sus profesionales algo en lo que Unión Profesional viene trabajando la materia desde sus inicios. En el año 2009 se elaboró el estudio «Deontología Profesional. Los códigos deontológicos».

Actualmente se está trabajando en una versión actualizada la cual contiene aspectos más avanzados sobre la materia.

Cabe destacar de esta nueva versión: Primero, el código deontológico y la potestad disciplinaria como norma propia de la potestad de autorregulación de los colegios profesionales atribuidos por ley.

Segundo, el análisis del ámbito subjetivo de aplicación del código deontológico.

Y tercero, la proyección de la norma deontológica en el registro de faltas y sanciones que se recogen en los Estatutos generales para el ejercicio de la potestad disciplinaria que la ley atribuye a las corporaciones colegiales (Consejos Generales y Colegios Nacionales y Territoriales)

Estudio de emprendimiento

«Cada profesión liberal tiene su nicho de emprendimiento en la sociedad del momento». De esta manera, comenzaba, el pasado junio, Ana I. Lima, presidenta del Consejo General de los Trabajadores Sociales y miembro de la Comisión Ejecutiva de Unión Profesional, la jornada inaugural sobre «Emprendimiento y profesiones liberales» en la que dicha organización que agrupa a las profesiones liberales españolas, presentó su estudio sobre el emprendimiento referido a este subsector de servicios profesionales.

La necesidad de activar y motivar a los profesionales en la tarea de emprender ha llevado a Unión Profesional, que forma parte del Grupo de Trabajo de la Comisión Europea específicamente creado para el desarrollo del emprendimiento de los profesionales liberales entre los Estados miembros, a elaborar este estudio con el que se pretende dar respuesta a la pregunta: «¿Qué hacen las profesiones liberales y qué más pueden hacer por el emprendimiento?».