Unión Profesional destaca por su su labor como entidad impulsora de la coordinación y unificación de acciones conjuntas de los Consejos Generales y Superiores y Colegios Nacionales en el ámbito de la mediación. La entidad ha desarrollado actividades para la promoción de la mediación en España con el objetivo de la difusión, sensibilización y divulgación de la mediación como método alternativo de resolución de conflictos, o como bien se haprecisado en diversos foros y mesas redondas «método adecuado de resolución de conflictos».

En este sentido, el estudio «Las organizaciones colegiales como instituciones de mediación», presentado el pasado 3 de diciembre, aborda el papel específico que tienen los colegios profesionales como corporaciones de derecho público en el ámbito de la mediación. Así lo recogió la ley 5/2012, de 6 de julio de asuntos civiles y mercantiles en el art. 5.1: 1. Tienen la consideración de instituciones de mediación las entidades públicas o privadas, españolas o extranjeras, y las corporaciones de derecho público que tengan entre sus fines el impulso de la mediación, facilitando el acceso y administración de la misma, incluida la designación de mediadores, debiendo garantizar la transparencia en la referida designación. Si entre sus fines figurase también el arbitraje, adoptarán las medidas para asegurar la separación entre ambas actividades.

Todo ello modifica la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de colegios profesionales, la cual recoge como función específica de los colegios profesionales: Impulsar y desarrollar la mediación, así como desempeñar funciones de arbitraje, nacional e internacional, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.(artículo. 5, ñ).

Este estudio elaborado aborda por tanto, el papel de estas organizaciones en este ámbito de la mediación, su evolución normativa o algunos ejemplos de buenas prácticas, entre otros aspectos. Se ha constituido en esta materia un grupo de trabajo formado por miembros del los diferentes Consejos Generales y Superiores y Colegios Nacionales de Unión Profesional para la definición y elaboración de un código de conducta del mediador de aplicación nacional.