Hoy se acaba el plazo para que los electores residentes en España que quieran votar por correo en las elecciones generales del 20 de diciembre lo soliciten formalmente. Para ello, deberán recoger y rellenar los impresos de solicitud de voto por correo en cualquier oficina postal.

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente remite al elector por correo certificado la documentación necesaria para que pueda emitir su voto. La entrega de esta documentación se realizará siempre personalmente al interesado y en el domicilio señalado en la solicitud Recibida la documentación, el elector presentará el sobre modelo oficial dirigido a la mesa electoral, conteniendo el certificado de inscripción en el censo electoral y el de votación en el que se incluirá la papeleta, en cualquier oficina postal de España, según fuentes de Correos.

El envío, que es totalmente gratuito, será cursado como correo certificado y urgente.