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EUROPA PRESS El Gobierno ve responsable a la caja de infringir dicha ley sobre medidas de precaución en relación con el supuesto de que un empleado o directivo de la entidad hubiera puesto de manifiesto a los órganos de control interno la existencia de indicios o la certeza de que un hecho u operación estaba relacionado con el blanqueo de capitales.
El Consejo de Ministros sancionó por este motivo a la caja andaluza el 1 de agosto de 2008, y la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo denegó el pasado 13 de marzo del 2009 la suspensión de la ejecución de la multa, por lo que procede publicar la sanción.
Según figura en la resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera que dirige Soledad Núñez, el Consejo de Ministros impuso a Cajasur esta sanción por "incumplimiento injustificado" de la obligación de comunicación contenida en el artículo 3.4 a) de la Ley 19/1993 de 28 de diciembre sobre prevención de blanqueo de capitales.
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