El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia no ha admitido, por razón de su cuantía, el recurso que un seguidor del F.C. Real Murcia presentó contra la sanción de 1.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo que le fue impuesta por su participación en los incidentes ocurridos durante un encuentro con el Deportivo Yeclano.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJ confirma así la dictada por un Juzgado de lo Contencioso, que declaró acreditada la intervención del recurrente en los graves incidentes ocurridos con ocasión de aquel partido, celebrado en Yecla (Murcia) el diez de octubre de 2010.

Dice el tribunal que la participación del apelante quedó probada con la declaración del funcionario del Cuerpo Nacional de Policía que lo denunció, mientras que cuestiona la credibilidad de los dos testigos que aquel aportó en su descargo porque uno de ellos es amigo y compañero suyo como seguidor del Real Murcia, y el otro aportó una explicación no verosímil.

El aficionado al que la Delegación del Gobierno impuso la multa y prohibición de acceso a los recintos deportivos argumentó en el recurso que presentó ante el TSJ que su intervención en los altercados, en los que un grupo de seguidores llegó a saltar la valla que separa los graderíos del terreno de juego, no se había demostrado.

Y añadió que la Policía procedió a su identificación cuando se encontraba en la calle, ya que había salido para interesarse por un amigo que no había podido entrar al estadio.

Según su versión, cuando ocurrieron los incidentes él se encontraba fuera, por el citado motivo, por lo que era imposible que hubiera intervenido en los altercados.

La Sala respalda el relato de hechos probados recogidos en la sentencia del Juzgado de lo Contencioso y no admite el recurso porque su cuantía no llega a los 30.000 euros necesarios para que un asunto llegue a la misma.