D. S. / EFE
El Fútbol Club Cartagena ha conseguido lo que pocos pensaban en el mes de agosto cuando se inició la competición oficial, que es finalizar la primera vuelta del campeonato liguero -el de su debut en Segunda División- en una posición inmejorable para disputar el año que viene la competición en Primer. Sin embargo, a tenor de estos resultados, el número de puntos que acumula no le sería suficiente, en el caso de sumar los mismos en la segunda para ascender, al menos a tenor de lo ocurrido en 11 de las 12 campañas con 22 equipos en la categoría.
El conjunto albinegro suma 34 puntos en 21 jornadas y su bagaje -nueve victorias, siete empates y cinco derrotas, con 27 goles marcados y 19 encajados- le convierte en el equipo que ha dado la sorpresa este período.
Sin embargo, esa puntuación en la segunda vuelta del campeonato seguramente le dejaría fuera de esas tres primeras plazas que permiten llegar a Primera, pues la historia de la Segunda División señala que con 68 puntos un equipo casi nunca asciende.
De hecho, sólo en una de las 12 temporadas que se han completado con 22 equipos participantes en Segunda ascendió el tercer clasificado con 68 puntos o menos y lo logró el Villarreal en la campaña 1999/2000, cuando sus 66 puntos le sirvieron para dar el salto de categoría como tercero.
En la campaña 2001/2002 el Recreativo precisó 69 puntos para conseguir ese objetivo y en el resto de temporadas desde la 1997/1998 el tercer clasificado siempre llegó a los 70 puntos. El mejor tercero fue el Tenerife, con 81 puntos la pasada campaña, mientras que 76 hicieron el Murcia, en la 2006/2007; el Alavés, en la 2004/2005; y el Getafe, en la 2003/2008.
Otros terceros que superaron con creces los 70 puntos en Segunda fueron el Levante y el Tenerife, en las ligas 2005/2006 y 2000/2001, respectivamente; mientras que el Numancia y Las Palmas llegaron a 73 en las campañas 1998/1999 y 1997/1998.
El Sporting de Gijón ascendió como tercero en la campaña 2007/2008 con 72 puntos y el Albacete lo hizo con un punto menos en la 2002/2003.