El pasado 26 de agosto se cumplía un año de la muerte del batería del desaparecido grupo Los Piratas, Javier Fernández. El músico, al que sus amigos conocían como Hal 9000 y que ese día estaba aquejado por un brote agudo derivado de la enfermedad psiquiátrica que sufría, fallecía en su casa de Guláns (Ponteareas) como consecuencia de un disparo en el abdomen realizado por un guardia civil que alegó que usó su arma porque su compañero corría peligro. Estos hechos derivaron en la apertura de una causa en el Juzgado de Instrucción 2 de Ponteareas. Y ya finalizada esa investigación judicial, la magistrada, en el auto en el que transforma las diligencias previas en procedimiento abreviado, concluye que existen indicios de criminalidad con respecto al agente, al que atribuye la presunta autoría de un delito de homicidio por imprudencia grave, confirmaron fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Tras este paso, dio traslado a las acusaciones, que ya han comenzado a presentar sus escritos. La Fiscalía, frente al criterio de la instructora, insta el sobreseimiento al estimar que el proceder del agente está amparado, entre otras razones, en la legítima defensa. Algo que no comparten las acusaciones particulares, que interesan la apertura de juicio oral. Gerardo Gayoso, abogado que representa a la viuda y al hijo menor de edad del músico, solicita 4 años de cárcel para el guardia civil. Y está pendiente la calificación de la otra acusación, que ejercen los padres del fallecido.

Tras aquel trágico suceso del 26 de agosto de 2015, arrancaba una investigación en la que, en ese septiembre, declaraba en calidad de imputado -entonces todavía no se había cambiado el término a investigado- el guardia civil que realizó el disparo. El agente alegó entonces que utilizó el arma apuntanto a la pierna de Javier Fernández -aunque finalmente la bala impactó en el abdomen- para proteger la vida de su compañero, al que el músico apuntaba, aseguró, con un tenedor en la mano y un cuchillo en la otra, tras haberlo herido ya en la nariz. A lo largo del proceso también declararon testigos, como la viuda Andrea Montes, el otro guardia civil, los sanitarios desplazados a la vivienda de Guláns, una vecina que llamó al 112 o dos amigos del batería, uno que aseguró estar dentro cuando fue el disparo y otro que sacó al bebé del fallecido de la casa. Y se realizaron otras actuaciones. Y practicadas todas las diligencias de investigación, la juez -una magistrada distinta a la que inició el procedimiento- concluye que existen indicios de delito en la actuación del guardia.

Tras ese paso que puso fin a la instrucción, la juez dio traslado a las acusaciones para que indiquen si solicitan el sobreseimiento o formulan acusación. Y es en esta fase intermedia donde la Fiscalía pide el archivo. Considera que la actuación del agente está amparada por al menos tres motivos. Uno es de carácter técnico jurídico, al estimar que los hechos no constituirían delito de homicidio imprudente. Ello en base, argumenta, a una reforma legal por la que a la sumo serían falta por imprudencia leve, ilícito que sin embargo ya no existe, no siendo la actual figura del delito de imprudencia menos grave equiparable, dice. Además de esta cuestión, ve amparada también su conducta en los efectos de la causa de justificación de legítima defensa y en la eximente completa de cumplimiento del deber.

El caso sin embargo llegará a juicio porque los familiares del fallecido personados sí formulan acusación. Ya fue entregadado en el juzgado el extenso escrito del abogado de la viuda, en el que solicita que el guardia sea condenado a 4 años de cárcel y 6 de inhabilitación al considerarlo autor de delito de homicidio por imprudencia profesional grave. Entre otras cuestiones, esta parte sostiene en el citado escrito que desde la primera llamada al 112 de la viuda solicitando ayuda ésta advirtió de que su marido era un enfermo psiquiátrico que sufría un brote agudo. Y que antes de que entrasen los sanitarios y los agentes en la casa donde permanecía el músico, un amigo de éste ya bajaba con el bebé en brazos, por lo que, se argumenta, Javier Fernández no constituía ningún peligro ni para su mujer ni para su propio hijo, por lo que el proceder del guardia era innecesario.

La acusación particular ejercida por los padres del fallecido también presentará su escrito en el juzgado.