CINE
Discriminación sexual

Condenado por obligar a sus empleadas a llevar sólo ropa interior bajo la bata

El juez da la razón a una empleada de una óptica que denunció a su jefe por hacerle mobbing al pedir el cambio en la normativa sobre vestimenta de la empresa

 23:07  

EUROPA PRESS El Juzgado de lo Social número 26 de Madrid ha dado la razón a una empleada de una óptica que interpuso una demanda por discriminación.

La empleada inició el proceso después de que su jefe le impusiera una nueva jornada laboral, con cambio de horarios y ubicación, tras solicitar desde el Comité de Empresa que se modificara la obligación de que las mujeres tuvieran que llevar sólo ropa interior debajo de la bata.

Esta trabajadora, que era miembro del Comité de Empresa, reclamó en octubre de 2008 un cambio en la normativa interna de la empresa sobre la diferencia de vestimenta obligada de las trabajadoras frente a los trabajadores.

Los hombres podían mantener su ropa de calle debajo de la bata de trabajo, siempre que los pantalones y zapatos no fueran deportivos. Sin embargo, las mujeres no podían permanecer con la ropa de calle y menos si consistía en pantalón.

Según la sentencia, la dirección desoyó esta petición, siendo reiterada en noviembre en otro centro de trabajo, especificándole las variaciones de su horario.

Un mes más tarde, se rectificó y se envió una nueva documentación aceptando la empresa que la orden no era ajustada a derecho. Sin embargo, en mayo recibe una comunicación en la que se le informó de que en mayo debía incorporarse a un nuevo centro de trabajo.

La sentencia concluye que la empresa no siguió "el procedimiento adecuado para modificar las condiciones de jornada y horario de la actora", derivándole de ello la nulidad de la medida.

Según la resolución, la empresa no logra "independizar la medida adoptada frente a la actora respecto de la iniciativa de la misma al intentar la empresa varíe una obligación de forma de vestir que arrastra obligaciones diferentes de justificar entre hombres y mujeres".

Por todo ello, la sentencia declara la nulidad de la medida adoptada por la empresa, debiendo ser respuesta a la actora en las mismas condiciones que disfrutaba a la imposición de esta medida. Así, se condena a la empresa "a estar y pasar por la presente declaración en todas las consecuencias jurídicas inherentes a la presente resolución".

  HEMEROTECA

Premios cine

Oscars 2012

Los Oscars 2012

Conoce las películas, actores, actrices y todos los nominados a los Oscars 2012

 
Goya 2012

Premios Goya 2012

Conoce las películas, actores, actrices y todos los nominados a los Goya 2012

 

Consultorios de La Opinión de Murcia

Pareja y Sexualidad

Anna Gil, psicóloga experta, responderá a tus dudas y problemas

 

Legal

El equipo de Via Asesores a tu disposición en temas jurídicos

 

Gastronómico

Nuestro chef, Antonio Gras, te enseña a cocinar

 

Especial Cine on line

Cine on line

Cine on line

Disfruta de la mejor experiencia del cine, un gran catálogo de películas disponibles desde 0,99?.

  CONÓZCANOS:  CONTACTO |  LA OPINIÓN DE MURCIA |  LOCALIZACIÓN     PUBLICIDAD:  TARIFAS |  CONTRATAR  
laopiniondemurcia.es es un producto de Editorial Prensa Ibérica
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de laopiniondemurcia.es. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.
 


  Aviso legal
  
  
Otros medios del grupo Editorial Prensa Ibérica
Diari de Girona  | Diario de Ibiza  | Diario de Mallorca | El Diari  | Empordà  | Faro de Vigo  | Información  | La Opinión A Coruña  |  La Opinión de Granada  |  La Opinión de Málaga  | La Opinión de Tenerife  | La Opinión de Zamora  | La Provincia  |  La Nueva España  | Levante-EMV  | Mallorca Zeitung  | Regió 7  | Superdeporte  | The Adelaide Review  | 97.7 La Radio  | Blog Mis-Recetas  | Euroresidentes  | Lotería de Navidad | Oscars | Premios Goya