El Banco Popular deberá pagar 127.600 euros de gastos de urbanización del plan parcial CR-6, de Murcia, exigidos a la empresa Tecon Promociones y Construcciones, al haber sido avalista de la operación.

Así se recoge en una sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia que desestima su recurso contra la dictada en noviembre de 2016 por el juzgado de lo contencioso donde el banco fue demandado por el ayuntamiento.

La sala señala que los antecedentes de este pleito arrancan en noviembre de 2010, cuando la junta de compensación de la unidad 3 de ese plan solicitó de la empresa ese pago para urbanizar varias parcelas.

Al no haber sido atendida esa reclamación, la junta se dirigió al ayuntamiento para que lo cobrara por la vía de apremio y pedirle que no devolviera los avales prestados por la constructora, como así lo hizo, por lo que en abril de 2014, al no conseguir el dinero, notificó la resolución al banco avalista.

En su recurso, este tachó de irregular la notificación tras exponer que no constaba que la suma reclamada lo fuera a Tecon en periodo voluntario y que esta no la pagara y que se acudiera entonces a la vía de apremio.

Además, expuso que no constaba que ese dinero correspondiera realmente a gastos de urbanización, ya que consideraba por el contrario que se trataba de gastos inespecíficos de conservación que debían ser asumidos por el ayuntamiento.

Al desestimar el recurso, la sala declara que el proceso seguido en exigencia del cobro está ajustado a derecho, por lo que condena al banco recientemente comprado por el Santander el pago de las costas generalas.

La sentencia puede ser recurrido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.