La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre que fue condenado por un Juzgado de Instrucción de Cartagena al pago de una multa de 150 euros por las lesiones que causó a una vecina suya al negarse a tener sexo con él.

La sentencia señala que los hechos ocurrieron en la noche del 7 de octubre de 2017, cuando denunciante y denunciado coincidieron en el pasillo del piso en el que disfrutaban de sendas habitaciones por cortesía de su dueño.

El acusado aprovechó el encuentro para invitarle a que pasara a su dormitorio para mantener una relación sexual, a lo que ella se negó, "por lo que la agarró del pelo en un acto de rabia, a causa de lo cual ella se golpeó la cabeza y el codo izquierdo contra la pared".

A continuación, el denunciado la hizo salir del piso "de mala manera", recogía también el relato de hechos probados fijado por el juez, que añadía que como consecuencia de los mismos la mujer sufrió lesiones que tardaron en curar siete días.

En su recurso, el condenado pidió una sentencia absolutoria tras exponer que los hechos no habían sido probados en el juicio, ya que las afirmaciones hechas por la mujer no constituían prueba suficiente para justificar una resolución condenatoria.

La Sala de la Audiencia, al desestimar el recurso, señala que se contó también con el parte de lesiones y con la declaración de un testigo "que percibió el estado de afectación que presentaba aquella, por lo que avisó al servicio de urgencia.

Además, el tribunal dice que no se advierten móviles espurios en la denunciante, ya que renunció a la indemnización que pudiera corresponderle por los hechos.