Por gastos en la adquisición de material escolar y libros de texto

La cuantía de la deducción es de 100 euros por cada niño en el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria.

Por compra de vivienda habitual de jóvenes

Cinco por ciento de la cantidad invertida, con un límite de 300 euros anuales.

Por gastos de guardería para hijos menores de 3 años

Quince por ciento de las cantidades satisfechas con un máximo de 330 euros anuales, en caso de tributación individual, y 660 euros anuales, en caso de tributación conjunta, por cada hijo de esa edad.

Por donativos destinados a la protección del patrimonio histórico de la Región

Treinta por ciento de la cantidad donada, sin límite; y para la investigación biosanitaria, un 30 por ciento de la cantidad donada.

Por inversiones en dispositivos domésticos de ahorro de agua

Veinte por ciento de la cantidad invertida, con un límite de 60 euros anuales.

Por inversiones en instalaciones de recursos energéticos renovables

Diez por ciento de la cantidad invertida, con un límite de 1.000 euros anuales.

Por inversión en la adquisición de acciones o participaciones sociales en entidades nuevas o de reciente creación

Veinte por ciento de la cantidad invertida con un límite de 4.000 euros anuales.

Por inversión en acciones de entidades que cotizan en el segmento de empresas en expansión del mercado alternativo bursátil

Veinte por ciento de la cantidad invertida con un límite de 10.000 euros anuales.

Ley de Presupuestos 2018

Se eleva el importe de la deducción por material escolar, pasando de 100 a 120 euros, y se incrementan en un treinta y tres por ciento los límites de renta para que más personas puedan aplicarse la deducción, por lo que el incremento será aún mayor en la campaña del próximo año.