Decomisar armas ilegales en una constante en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la Región de Murcia. De hecho, desde las Policía Local y Nacional afirman que es algo que está pasando prácticamente a diario.

Fuentes cercanas explicaron que esto ocurre, por ejemplo, en controles en las carreteras. Se para un coche y, si se procede al registro, aparecen cuchillos grandes, cizallas o un cúter. Aunque estas herramientas no son en sí mismas ilegales, sí son requisadas por la Policía cuando, en el vehículo en cuestión, viajan sospechosos de ser amigos de lo ajeno. Y es que se trata de objetos bastante útiles para abrir una ventana y acceder a un domicilio.

Esto es bastante habitual y depende, en última instancia, del instinto de cada agente. A la persona en cuestión que pillan con esas herramientas no se le puede imputar ningún delito, ni siquiera la tentativa de uno, pero sí se le puede retirar lo que lleva. Se le indica a la persona que, para recuperar su herramienta, se presente en dependencias policiales con la factura que acredite que la ha comprado él. Se da la circunstancia de que, en muchas ocasiones, no hay tal factura, porque las herramientan suelen ser robadas.

En este caso no hay sanción. Porque no se trata de armas prohibidas propiamente dichas.

La prohibición en España no sólo se limita a armas de fuego. Hay ciertas armas blancas que no se pueden tener. En concreto, se prohíbe el uso a particulares de cuchillos, machetes y demás armas blancas «que formen parte de armamentos debidamente aprobados por autoridades u organismos competentes. Su venta requerirá la presentación y anotación del documento acreditativo del cargo o condición de las personas con derecho al uso de dichos armamentos. Asimismo, está prohibida comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo», detalla el reglamento.

Tampoco se pueden llevar espráis de defensa personal y todas aquellas armas que despidan gases o aerosoles, así como cualquier dispositivo que comprenda mecanismos capaces de proyectar sustancialmente estupefacientes, tóxicas o corrosivas.

Tal y como se detalla en la web de la Guardia Civil, se exceptúan de lo anterior los espráis de defensa personal que, en virtud de la correspondiente aprobación del Ministerio, se consideren permitidos. Estos espráis podrán venderse en las armerías solamente a personas mayores de edad.

No es lo mismo la tenencia ilícita de armas prohibidas y la tenencia ilícita de armas. Las armas prohibidas son armas ilegales que no pueden estar en posesión de nadie, mientras que las armas que son legales deben ir acompañadas de la licencia. De no disponer de ésta, se considerará que hay tenencia ilícita de armas.

Una subasta cada año

Una subasta cada añoCada año, en la Comandancia de la Guardia Civil salen a subasta cientos de armas, entre las que hay revólveres, pistolas y rifles. Muchas de ellas han sido requisadas a sospechosos que, en ocasiones, sólo se enfrentan a una sanción administrativa.

El uso de armas de fuego prohibidas se castiga con multa de 30.000 a 60.000 euros, además de con la incautación de las armas utilizadas y de sus municiones, indica el Ministerio del Interior. A la misma sanción se enfrenta quien haga uso de armas de fuego cortas sin tener licencia.