La Audiencia Provincial ha revocado la sentencia de un Juzgado de lo Penal que condenó a un hombre a 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito de amenazas en el ámbito de la violencia de género porque no hay más prueba que la declaración de su esposa, que fue la denunciante. Los hechos ocurrieron el 19 de marzo pasado, cuando el acusado inició una discusión con su mujer, que acababa de llegar a paso rápido al domicilio tras recibir una llamada de uno de sus hijos en la que le indicaban que todos ellos estaban solos. Al reprocharle ella que estuviera tumbado en la cama y al pensar que pudiera estar ebrio -lo que no está probado, según recogía el juez-, el denunciado «la sentó con fuerza en la cama, diciéndole que dejar de causarle problemas o la golpearía con la bicicleta estática que estaba en la habitación».